| Bufete de Informaciones Especiales y Noticias |
| Tweet ASOCIACIÓN DE TRABAJADORAS DEL HOGAR A DOMICILIO Y DE MAQUILA (ATRAHDOM) - GUATEMALA - MIEMBRAS DEL CONSORCIO DE ORGANIZACIONES SOCIALES Y SINDICALES DE MUEJERES EN LA ECONOMIA (COSME) |
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Convenio 189 y Recomendación 201: Hoy por nosotras, el 11 de septiembre por ustedes |
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Rebanadas de Realidad - ATRAHDOM, Ciudad de Guatemala, 08/07/11.- El Convenio 189 y la Recomendación 201, para las trabajadoras domésticas, trabajadoras del hogar guatemaltecas, representa una esperanza para la aplicación de la justicia laboral, implica no solo los beneficios y ventajas económicas sino la seguridad social, a la cual tienen derecho al igual que cualquier rama de la producción.
Este Convenio complementado con una recomendación que deberá ser sometido al Congreso de la República, luego de pasar por el Ejecutivo, recorrerá un camino, lleno de obstáculos que deberán superar, y parte de ese camino es el compromiso, la convicción y responsabilidad que desde las organizaciones sociales como ATRAHDOM, COSME y SITRADOMSA, y de quienes mas puedan sumarse al esfuerzo de lucha, para superar, en un Congreso, que discrimina a este sector laboral no solo desde está legislatura sino de las legislaturas a partir de la firma de los Acuerdos de Paz. Porque de haberse engavetado 2 iniciativas de ley, 1 Acción de Inconstitucionalidad y una Reforma al Código de Trabajo, nos hace pensar; que puede ser superior para que este Convenio y Recomendación sean ratificados…? si hay diputados, como el de UNE que recientemente propone hacer una iniciativa de ley que nivele el salario mínimo a la canasta básica, pero haciendo la excepción de los y las trabajadoras de la maquila y las trabajadoras domésticas. Que pareciera que las necesidades de las trabajadoras no son iguales que el resto de trabajadores y trabajadoras de Guatemala. A pesar que Guatemala por medio del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, desde un inicio en el 2009 fijó su postura, planteando a OIT la Recomendación y no el Convenio, tuvo que cambiar su postura en la 100ª, Conferencia, dado a que siendo parte del GRULAC, espacio de gobiernos latinoamericanos en el cual participa Guatemala, fijaba en las discusiones de la Comisión de trabajo doméstico, la necesidad de aprobarse el Convenio y no solo la Recomendación, si esa postura de GRULAC, que hacia unánime a sus miembros, no se viera dado, Guatemala no hubiera votado en la Conferencia a favor, por medio de la comisión permanente en Ginebra, porque nuestros representantes tanto Gobierno, Empleador y Trabajadores no estaban. Por lo que esta Legislatura, podrá entrar a conocer o pasarle la tarea a la próxima legislatura, la cual podrá o no pasar de 2 a 5 ó más años en el Congreso y no ser Ratificado, si las organizaciones sociales, sindicales, indígenas, campesinas, derechos humanos, las propias trabajadoras del hogar, no hacemos la presión, ya que este Convenio y Recomendación que vendrá a ser parte de la legislatura nacional, se constituirá en un ley nacional de carácter internacional, y deberá de aplicarse, monitorearse y cumplirse con las sanciones legales necesarias. Requiere mayoría calificada para aprobarse, antes de su ratificación, el voto de las dos terceras partes del total de diputados que integran el Congreso, (105) los tratados, convenios o cualquier arreglo internacional, eso implica, generar sensibilización a diputados y diputadas que quizá tengan dos o más trabajadoras domésticas en sus hogares. Por lo que el Congreso podrá hacer las consultas a la Corte Suprema de Justicia, en donde consideramos que habiendo participado en la conferencia dos de sus magistrados, deban de emitir un dictamen favorable si la sensibilización la adquirieron a partir de considerar votar a favor del Convenio y la Recomendación en la 100ª, CIT; pero que de igual, podría ser consultada la Corte de Constitucionalidad, si es favorable o no, por ello este Convenio 189 y la Recomendación 201, debe ser considerada no solo desde nuestra necesidad y perspectiva como una elemento fundamental para la aplicación de los Derechos Humanos de las trabajadoras del hogar, trabajadoras domésticas. Este documento que ha llevado un proceso de elaboración y consultas a todos sus Estados miembros, incluyendo a Guatemala, y a la instancia tripartita, en la cual desde las propia mujeres trabajadoras, y quienes participamos desde el 2008, hasta culminado en su aprobación en Junio 2011, consideramos que hemos librado una lucha intensa, como primera fase, porque ahora vendrá la segunda fase, que será las más ardua, como todos los procesos que se dan en nuestro país, pero que de igual lo abordaremos con la misma convicción a partir de las necesidades de nuestras compañeras, y de nosotras mismas, por lo que nadie se puede eximir o marginar de este esfuerzo, porque la lucha no es solo de un sector es de toda la población y las legitimidades no se atribuyen mientras que todo un pueblo deba tener acceso a la justicia laboral y al desarrollo humano, social, económico y político. Exhortamos a los legisladores ante el Congreso de la República a Ratificar este Convenio 189 y Recomendación 201, y el compromiso de los candidatos a diputados y diputadas de partidos políticos ante la nueva contienda electoral 2011, a asumir con verdadera responsabilidad a favor del pueblo de Guatemala y aprobar no solo esta sino todas las iniciativas pendientes a favor de las mujeres guatemaltecas. POR QUE LA LUCHA SE HACE DESDE NUESTROS PUEBLOS, CON EL DIALOGO, EN LAS CALLES, EN LA GESTIÓN Y LA LEGITIMIDAD |
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POR
Y PARA LAS TRABAJADORAS GUATEMALTECAS
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Asociación
de Trabajadoras del Hogar a Domicilio y de Maquila –ATRAHDOM
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Consorcio
de Organizaciones Sociales y Sindicales de Mujeres en la Economía -COSME
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Sindicato
de Trabajadoras Domésticas, Similares y A cuenta propia –SITRADOMSA.
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PRESENTES
EN LA LUCHA
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| El presente material se edita en Rebanadas por gentileza de Maritza Velásquez Estrada, Coordinadora General de la ATRAHDOM y miembra activa del COSME. | ||||