Bufete de Informaciones Especiales y Noticias
COORDINADORA DE CENTRALES SINDICALES DEL PARAGUAY (CCSP)

Derecho al empleo

Rebanadas de Realidad - CCSP, Asunción, 06/12/07.- El Derecho al empleo está garantizado en nuestra Constitución y en los instrumentos internacionales ratificados por Paraguay.

"Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo" (Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948, Art. 23, inc. 1)

"Todos los habitantes dela República tienen el derecho a un trabajo lícito, libremente escogido y a realizarse en condiciones dignas y justas. La ley protegerá el trabajo en todas sus formas, y los derechos que ella otorga al trabajador son irrenunciables". (Constitución Nacional, Art. 86)

"El Estado promoverá políticas que tiendan al pleno empleo y a la formación profesional de recursos humanos, dando preferencia al trabajador nacional (Constitución Nacional, Art. 87. Del pleno empleo)

El derecho al trabajo está garantizada en el derecho nacional y las instituciones encargadas de velar por los mismos son: Ministerio de Justicia y Trabajo, Ministerio de Agricultura y Ganadería, Ministerio de Industria y Comercio, el Sistema de Formación y Capacitación Laboral, el Servicio Nacional de Promoción Profesional.

¿El Estado Protege? ¿El Estado cumple?

Las estadísticas no mienten: según la DGEEC, 2006, el 34% de la población económicamente activa (PEA) tiene dificultades en acceder a un empleo digno (subempleados, desempleados); y la tasa del desempleo es mayor para las mujeres. De la PEA 75% son hombres y 48%, mujeres. Al año deben ingresar al mundo laboral aproximadamente 100 mil personas.

Para una parte de los funcionarios del sector público el Estado utiliza la figura del contrato para que no exista estabilidad laboral y no se cumpla con las leyes laborales para estos trabajadores: perciben sueldos inferior al mínimo y no están asegurados en IPS.

Por otro lado el sector privado utiliza la figura del Contrato civil de prestación de Servicio con el mismo objetivo: no cumplir con las leyes laborales, tratando a los mismos como trabajadores independientes, contribuyentes del IVA.

En Paraguay la jornada laboral de 8 horas no se cumple a cabalidad. Los/as trabajadores/as realizan muchas veces casi el doble del horario legal y además no están inscriptos en el IPS.

Frente a la ausencia de políticas laborales, los trabajadores y trabajadores buscamos:

  • Cumplimiento de las leyes laborales por el Estado y todos los sectores sociales.
  • Generación de políticas de empleo a través de estrategias económicas, de desarrollo nacional, con políticas diferencias por género y zonas urbanas y rurales.
  • Promover la industrialización, apoyo a las pequeñas y medianas empresas promoviendo la competitividad e inserción de las mismas en el mercado regional.
  • Luchar contra la discriminación de género y etaria en el acceso al empleo, la remuneración y la protección laboral.
  • Inversiones en capacitación y formación del capital humano para mejorar el acceso a empleos de calidad. Estos planes de capacitación deben responder a los requerimientos ocupacionales de salida laboral.
  • La promoción y difusión de las leyes nacionales e internacionales relacionados con el derecho al trabajo.

Proyecto "Marcos Regulatorios para proteger los derechos y crear trabajo decente" OIT/ACTRAV

Teniendo como escenario la alta tasa de desempleo e informalidad, la baja institucionalidad del Estado, las tasas de migración, los incumplimientos de las derechos laborales, la OIT y la Coordinadora de Centrales Sindicales del Paraguay, constituidas por la CUT/CUT-A/CNT/CPT/CGT, vienen trabajando en tres ejes fundamentales: Libertad Sindical, Trabajo Decente y Seguridad Social.

En ese marco se desarrolla el Proyecto "Marcos Regulatorios para proteger los derechos y crear trabajo decente", cuyos algunos objetivos son:

  • Fortalecer la unidad sindical para una mayor incidencia
  • Impulsar acciones comunitarias para el diálogo y crecimiento de la CCSP, articulando con otros organismos de la sociedad.
  • Defender los derechos existentes
  • Capacitación técnica de miembros del sindicalismo nacional
  • Impulsar la creación de propuestas de política nacional de generación de empleos dignos para hombres y mujeres

Convenios de la OIT sobre de los Derechos Humanos Laborales Fundamentales ratificados por Paraguay:

  • Conv. 87/98 Libertad Sindical y negociación colectiva
  • Conv. 29/105 Eliminación del trabajo forzoso u obligatorio
  • Conv. 100/111 Eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación
  • Conv. 138/182 Abolición del trabajo infantil.

El trabajo decente expresa los objetivos históricos, éticos y normativos de la Organización Internacional del Trabajo, el trabajo decente brinda las posibilidades de desarrollo y crecimiento que Paraguay requiere para lograr el combate a la pobreza y la inclusión social y ciudadana de todos y todas sin distinción alguna.

Actualmente unos de los problemas que aquejan a los paraguayos es la ausencia de una integración de políticas que tenga como objetivo la generación empleo decente, causando el flujo masivo de la población a otras zonas geográficas con mayor desarrollo, dentro y fuera del país. La CCSP demanda el dialogo social de los actores productivos y del Gobierno para construir los consensos y compromisos que permitan la generación de empleo decente y superación de las condiciones de precariedad laboral expresadas a través de la informalidad, inestabilidad, ausencia de seguridad social, sueldos que no alcanzan a cubrir las necesidades básicas. Esta situación influye en la organización de los trabajadores que por falta de conocimientos y temor a perder sus escasos recursos no acceden a exigir sus derechos.

El presente material se edita en Rebanadas por gentileza de Sonia Leguizamón, Presidenta de la CGT Paraguay.

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