Bufete de Informaciones Especiales y Noticias
SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA COMPAÑÍA DE SERVICIOS PETROLEROS COSMOS S.A. - PERÚ

Huelga en el Lote X de Petrobras Energía Perú S.A.

Por Pedro Martín Sernaqué Agramonte y Julio Rigoberto Alarcón Fiestas, Secretario General Secretario de Organización

Rebanadas de Realidad - Piura, 27/01/10.- Nuestra organización Sindical legalmente constituida con RESOLUCIÓN E.R. N° 115-2008/GOB.REG.PIURA-P.TUPA y registro N° 0766-2009, representada por el Sr. Pedro Sernaqué Agramonte, como Secretario General identificado con DNI Nro. 03886688, el Sr. Julio Rigoberto Alarcón Fiestas, como Secretario de Organización, identificado con DNI Nro. 03874145, a Ud. con el debido respeto dice:

PETROBRAS y su responsabilidad solidaria

Mediante la presente pedimos por favor poner de conocimiento a la opinión pública hechos que están limitando y violando el ejercicio de los derechos constitucionales, desconociendo y rebajando la dignidad del trabajador y que tienen como autor principal a la transnacional Petrobras Energía Perú S.A (quien tiene su centro de operaciones en el Lote X, distrito El Alto, Provincia Talara, Departamento de Piura ) y a la Contratista Compañía de Servicios Cosmos S.A.

Denunciamos la pésima y deficiente fiscalización realizada por parte de la principal Petrobras a los Contratos de Servicios de Pulling y Work Over celebrados entre Petrobras y Cosmos el 28 de febrero de 2008. Que ha creado un gran problema social.

En ambos contratos se establecieron las remuneraciones que corresponden a los trabajadores de acuerdo a las funciones y categoría.

Dichos Contratos fueron exhibidos en el MINISTERIO DE TRABAJO-TALARA y en la cláusula Nro. 9.7 especifica que "las partes acuerdan que el pago establecido como mínimo para los sueldos básicos del personal por categorías,…, se entiende que este sueldo básico no incluye horas extras, ni bonificaciones ni leyes sociales y que ninguna persona debe percibir una remuneración básica menor a la indicada según categoría" y más aún cuando dentro de los mismos dice que el 5º día hábil de cada mes la contratista , en este caso Cosmos , deberá presentar la totalidad de los documentos que acreditan el pago de los salarios, las cargas sociales y aportes de ley del personal afecto al servicio…" Esto significa que la principal como parte fiscalizadora y responsable solidario es el gran propiciador y culpable de las diferentes vulneraciones que se vienen dando y que hasta el momento se viene manteniendo al margen de la problemática de los trabajadores contradiciendo los acuerdos internacionales acordados en la GLOBAL COMPAC, que hablan de una mejor calidad de vida.

Es por esto que pedimos su apoyo para pedir a nuestro empleador sustente los motivos por los cuales no paga de acuerdo a los contratos y mas aun de una explicación de donde esta el dinero que ha dejado de pagar.

Suspensión temporal perfecta de labores

Por otra parte nuestro empleador, Cia. Cosmos solicitó a la Autoridad Administrativa de Trabajo una solicitud de SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES, en el Cuarto Trimestre del 2008, Año del Boom Petrolero (Ojo el Precio del petróleo bordeo los $ 140 ) invocando caso fortuito y fuerza mayor lo cual quedo desestimado a través de las Resoluciones Regionales Nº 016-2009-GR.DRTPER-DR y Nº 019-2009-GR-DRTPER-DR.

Nuestro empleador Cosmos recurrió a una tercera y última instancia la Dirección Nacional, pidiendo recurso de revisión con la finalidad de dilatar la reincorporación de los trabajadores y el pago de sus remuneraciones.

A pesar de que existen la Resolución Directoral Nacional Nº 023-2009 que confirma la Resolución Regional 019-2009-GR-DRTPE-DR y la Resolución 024-2009/MTPE/2/11.TG, que confirma la Resolución Regional 016-2009-GR-DRTPE-DR. y declaran infundados los recursos de revisión, la Cia. Cosmos se rehúsa a cumplir con lo dispuesto por la Autoridad de Trabajo.

De la mano de obra calificada

Los contratos en mención son un claro abuso a los derechos de los trabajadores, por lo que contamos con personal que desarrolla labores en el campamento de la cia y estos se ven relegados de beneficio alguno que derivan de los contratos. El personal del que se hace mención es la fuerza de apoyo ante cualquier eventualidad que pudiera suceder en cualquier unidad el campo, que cuenta con acreditación para realizar trabajos en el lote de PETROBRAS y a quienes no se les paga siquiera el sueldo que PETROBRAS establece como minimo que es de 950 soles

Proyecto de negociación colectiva 2009

Otro punto es que debido a que nuestro empleador no da solución a nuestra negociación colectiva correspondiente al año 2009.

Por estas razones y amparándonos en la LEY DE NEGOCIACIONES COLECTIVAS, el Sindicato ha decidido aprobar la realización de la HUELGA GENERAL INDEFINIDA en defensa de nuestros derechos socioeconómicos.

El presente material se edita en Rebanadas por gentileza de Pedro Martín Sernaqué Agramonte, Secretario General