| Bufete de Informaciones Especiales y Noticias |
| CONFERENCIA DE LA FITCM | |||
| Derechos humanos y sindicales en América Latina y el Caribe: importancia de la dimensión social para el proceso de integración regional | |||
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| Por Carlos Gaitán | |||
Rebanadas de Realidad - Nueva Época, Buenos Aires, 04/12/05.- Es algo demasiado conocido, por desgracia, el agravamiento de las violaciones de los derechos humanos y sindicales que se ha dado en América Latina, a partir de la aplicación de las políticas de ajuste estructural impuestas por el modelo globalizador que impera en el mundo desde hace dos décadas. No está de más, sin embargo, y por aquello de que no se pueden divorciar los derechos de la conciencia de los mismos, el efectuar una revisión y tratar de percibir el estado de la cuestión en la actualidad. Sabemos que la proclamación de los derechos humanos, puesta en perspectiva, constituye un fenómeno relativamente reciente en la historia humana. En efecto, si bien se trata de un proceso que comienza ya a fines del siglo XVIII, va a ser recién después del segundo gran enfrentamiento bélico del siglo XX cuando las Naciones Unidas creadas como su consecuencia, van a proclamarlos en forma, ahora sí, universal. Fue el 10 de diciembre de 1948, y permítanme destacar lo que afirma en su Preámbulo, en relación al "reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana", como condición para lograr "la libertad, la justicia y la paz en el mundo". Asimismo, en tres de los artículos de dicha declaración liminar, se mencionan el derecho a la seguridad social y a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad (art. 22), así como el derecho al trabajo, a igual salario por trabajo igual, a una remuneración equitativa que asegure al trabajador y su familia una existencia conforme con la dignidad humana y a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses (art. 23), todo lo cual desemboca en el art. 24 con la mención del derecho al descanso, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas. En el ámbito internacional, por otra parte, el desarrollo de los derechos humanos ha conocido desde entonces nuevos horizontes. Además de los mecanismos orientados a establecer sistemas generales de protección, han aparecido otros destinados a proteger ciertas categorías de personas -mujeres, niños, trabajadores, refugiados, discapacitados, etc.- o ciertas ofensas singularmente graves contra los derechos humanos, como el genocidio, la discriminación racial, el apartheid, la tortura o la trata de personas. Más aún en el campo internacional se ha gestado lo que ya se conoce como "tercera generación" de Derechos Humanos, que son los llamados derechos colectivos de la humanidad entera, como el derecho al desarrollo, el derecho a un medio ambiente sano y el derecho a la paz. Es interesante al respecto señalar, de todas formas, el lugar que le cabe al poder público en la puesta en vigencia de estos derechos. Al decir de un especialista (1):
Aunque se suele reconocer una diferencia entre los derechos civiles y políticos -inmediatamente exigibles, por constituir una obligación de resultado- y los económicos, sociales y culturales, que "son exigibles en la medida en que el Estado disponga de recursos para satisfacerlos", -obligación de comportamiento-, es importante destacar que, como también lo afirma el Dr. Nikken,
No parece que éste sea un detalle menor: los derechos sindicales, que hacen a la posibilidad de cumplimiento de las más básicas necesidades de la vida, tiene características de exigibilidad del mismo orden que los derechos humanos denominados "de primera generación". Es por ello que asombra comprobar cuán lejos estamos, en algunos países, de haber logrado su plena vigencia. Comenzando por las cuestiones más mínimas, como es la de la ratificación de los Convenios de la OIT (ya no digamos de su implementación) por parte de algunos Estados que se ven a sí mismos como "modelo de humanidad" (2). Nos referimos, específicamente, a los casos de Estados Unidos y Canadá, que sin embargo ocupan las primeras posiciones en el ranking de Desarrollo Humano elaborado anualmente por el PNUD, lo cual, evidentemente, constituye una contradicción. En efecto: ¿qué explicación puede tener que el 92% de las empresas, en el primero de dichos países, utilice prácticas para impedir que los trabajadores se organicen para pugnar por su dignidad humana? ¿Cómo se puede comprender que una de las mayores empresas del mundo, Wal Mart, haya "...declarado sistemáticamente que no negociará con ningún sindicato y en repetidas ocasiones ha tomado medidas drásticas para evitar que los trabajadores/as se organicen en todas las tiendas norteamericanas?" (3) De hecho, han sido tan escandalosas las prácticas antisindicales de esta empresa que acaba de realizarse un film denominado, precisamente, "Los altos costos de los precios bajos", para ver de hacer tomar conciencia a los consumidores acerca de las consecuencias que tienen sus opciones de compra en el nivel de sobrevivencia de muchos trabajadores, tanto de ese país como del resto del mundo en donde dicha empresa actúa. Y el asombro se hace mayor aún, al tomar conocimiento de que, como lo afirma el Informe Anual 2004 de la CIOSL
En el mismo sentido, K. Maher describe cómo se da ese accionar, a través del testimonio de un alto ejecutivo de una de esas empresas consultoras:
Es, evidentemente, el "turbocapitalismo" del que habla Lutwak, y que nos remonta a situaciones más propias de mediados del siglo XIX que en muchos casos se creían superadas. Al sur del Río Grande, por otro lado, si bien hay una mayor proporción de ratificaciones de los convenios de la OIT, no por ello dejan de constatarse violaciones serias a los derechos humanos y sindicales. Haremos una breve enumeración de algunas de ellas, pues se trata de hechos suficiente y tristemente conocidos:
Como bien lo sintetiza Guy Ryder, el secretario general de la CIOSL, "El Informe de este año revela hasta dónde están dispuestos a llegar muchos gobiernos y empleadores para conseguir tomar la delantera en unos mercados globales donde la competencia es cada vez más feroz", añadiendo que "la globalización debe tomar una vía completamente distinta a la que sigue actualmente, en la que las preocupaciones sociales y el fin de la explotación ocupen un lugar central, en vez de quedar al margen". Hay también, de todas formas algunos indicios alentadores como, por ejemplo, la firme voluntad política demostrada por el gobierno de Brasil para poner fin al trabajo en condiciones de esclavitud, tal como lo describe un informe del Ministerio de Trabajo y Empleo de ese país:
En Uruguay, por otro lado, se han instalado Consejos de Salarios, para posibilitar negociaciones salariales con el sector privado y se está discutiendo en el Parlamento Nacional una ley complementaria de fuero sindical, aunque la presión empresarial está dificultando su sanción. Con el nuevo gobierno, según algunos compañeros, "se ha abierto una oportunidad para las organizaciones sindicales". De todas formas, es importante destacar que, como lo ha señalado la OIT,
Como un resultado de los embates sufridos por las organizaciones laborales en las últimas décadas, ha disminuido la tasa de sindicalización, que es, algunos países de América Latina -sobre la población económicamente activa (PEA)- la que sigue: El Salvador: 5,2%; Honduras: 6,0%; Panamá: 7,0%; México: 22,3%; Chile: 12,7%; Paraguay: 16,7%; Uruguay: 12,4%; Argentina: 42,3%; Brasil: 26,1%; Colombia: 6,9%; Perú: 7,8%; Venezuela: 14,9%; República Dominicana: 13,0%. En promedio, en América Latina y el Caribe no alcanzan el 20% de la PEA. De todas formas, es necesario tener en cuenta también otras causas de este fenómeno, tales como la heterogeneidad del movimiento sindical; la dispersión y atomización sindical; la existencia muchas veces de estructuras sindicales inadecuadas u obsoletas; la reducida globalización de la acción sindical; una baja incorporación de las mujeres en las estructuras sindicales; los elevados porcentajes de desempleo; la desregulación laboral; una cultura de sindicalización basada en el trabajador formal y por empresas; así como, en algunos países, un insuficiente diálogo intersindical. Así, pues, vemos que los problemas son muchos, por lo que el esfuerzo debe ser proporcional. En especial, teniendo en cuenta algunos cambios importantes a realizar para poner a las organizaciones laborales a la altura de los nuevos desafíos. Atendiendo siempre, por otro lado, a la necesidad de fortalecer el rol del Estado, tan vapuleado por el huracán neoliberal que asoló las estructuras políticas e institucionales de los países latinoamericanos. Pues no podemos olvidar, como ha dicho un analista chileno, que existe "Cierto economicismo (que) tiende a ignorar que es por intermedio del Estado que la sociedad se reconoce a sí misma. Cuando el Estado entrega servicios de salud, previsión, educación, entrega no sólo servicios materiales. Es también (y quizás sobre todo) un reconocimiento social del aporte que hace toda persona a la constitución de la sociedad. Es también (y muy especialmente) un servicio de protección que debe la sociedad a cada uno de sus miembros. Es finalmente también la forma en que los ciudadanos, por intermedio del Estado, se sienten partícipes de una misma comunidad de semejantes. (...) solamente el Estado simboliza el vínculo social e intergeneracional que cohesiona a la pluralidad de individuos. Toda política pública es, en el fondo, una medida de auto-organización que toma la sociedad para reproducirse como una comunidad de ciudadanos." He ahí uno de los retos fundamentales: reconstruir la cohesión de nuestras sociedades, tan fragmentadas por la historia reciente. Y las organizaciones sindicales, escuelas de solidaridad, tienen un rol privilegiado que cumplir en ese sentido. Comenzando por contribuir a responder al principal desafío de la hora, constituido por la necesidad, rayana en lo imprescindible, de fortalecer el proceso de integración latinoamericana. | |||
| Notas: | |||
| (1) Dr. Pedro Nikken, presidente del Instituto Interamericano de Derechos Humanos y Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos | |||
| (2) Puede verse en Anexo I cuáles son los países que han ratificado los convenios referidos a los derechos sindicales. | |||
| (3) CIOSL - Informe anual sobre violaciones a los derechos sindicales | |||
| (4) The Wall Street Journal, 19 agosto 2005. | |||
| Gentileza de Nueva Época, publicación de la Federación Latinoamericana de Trabajadores de las Industrias y la Construcción (FLATIC) | |||