|
Rebanadas
de Realidad
- MSICG, Ciudad de Guatemala, 16/07/10.-
- 1. Con
fecha 2 de julio de 2010, la Friedrich Ebert Stiftung en un acto de
de irrespeto y desprecio hacia las leyes y autoridades de trabajo
del país le negó el acceso a sus instalaciones al Inspector de Trabajo
asignado para continuar con el trámite de las diligencias de adjudicación
número R1-2059-2010 luego de que el primer Inspector que fuese asignado,
en una actuación evidentemente parcializada, se negara a constatar
y a prevenir a la entidad patronal.
- 2. En
esa misma acta, el Inspector de Trabajo previno a la Friedrich Ebert
Stiftung de dejar sin efectos el despido ilegal y represivo del que
fuera objeto la compañera LESBIA GUADALUPE AMÉQUITA GARNICA así como
para comparecer en la Inspección General de Trabajo el día 12 de julio
de 2010 a las 09:30 horas.
- 3. Dicha
citación tenía por objeto constatar el cumplimiento de las prevenciones
realizadas; entre ellas, la de dejar sin efecto el despido ejecutado
verbalmente por la Friedrich Ebert Stiftung en contra de la compañera
LESBIA GUADALUPE AMÉZQUITA GARNICA el día 12 de junio de 2010, en
la sede de la Organización Internacional del Trabajo y en pleno desarrollo
de la 99ª Conferencia Internacional del Trabajo, mismo que fuese formalizado
por escrito el día 16 de junio de 2010.
- 4. El
día 12 de julio de 2010, en un acto de reiterativo desprecio a la
legislación laboral y de menosprecio de las autoridades de trabajo
guatemaltecas, la Friedrich Ebert Stiftung incumplió con la obligación
legal de comparecer a la audiencia señalada por el Inspector de Trabajo
actuante.
- 5. Ante
tal situación, la Inspección General de Trabajo deberá iniciar ya
un segundo juicio por faltas contra las leyes de trabajo y previsión
social en contra de la Friedrich Ebert Stiftung y ha dejado vigentes
las prevenciones que le fueron realizadas el día 2 de julio de 2010
señalando nueva audiencia para el día 20 de julio de 2010.
- 6. El
MSICG, además de anunciar su adhesión a la solicitud de destitución
en contra del primer Inspector de Trabajo asignado al caso, reitera
su llamado a la Friedrich Ebert Stiftung a efecto de que se ajuste
al cumplimiento de la normativa nacional e internacional y a que cumpla
con las prevenciones que le fueron realizadas por la Inspección de
Trabajo el 2 de julio de 2010; a que no continúe invocando acuerdos
inexistentes con el MSICG; a que no continúe aduciendo que la denuncia
de un acto arbitrario y la búsqueda de la solidaridad de las organizaciones
hermanas ante el mismo, es un acto de mala fe de las organizaciones
sindicales ya que ello es en sí un concepto que estigmatiza a la propia
acción sindical.
- 7. El
MSICG lamenta que instituciones como la Friedrich Ebert Stiftung,
que teóricamente trabaja a nivel mundial para impulsar la construcción
de la democracia y la justicia social, en la práctica, se encuentre
abonando al clima de impunidad existente en Guatemala.
|
|
El
Movimiento Sindical, Indígena y Campesino Guatemalteco (MSICG), integrado
por: CCDA, CGTG, CNAIC-P, CUSG, FNL y UNSITRAGUA
|