Bufete de Informaciones Especiales y Noticias
PROVINCIA DE RÍO NEGRO, ARGENTINA

El medio ambiente en la Carta Orgánica

Por Matías Rulli (*) Correo

Rebanadas de Realidad - Viedma, 02/09/09.- Uno de los temas interesantes a tratar, en una futura reforma de la Carta Orgánica, es todo aquello referido con el cuidado del medio ambiente. La humanidad, luego de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente (Estocolmo, 1972), dio un gran salto incrementando la conciencia mundial sobre un tema que debe ser planteado como una Política de Estado (así con mayúscula).

Nuestra actual Carta local en su artículo 24 señala: "Ecología. Los vecinos tienen derecho a vivir en un medio ambiente adecuado y el deber de conservarlo. El Municipio garantiza la preservación del ecosistema. Elaborará la Carta Ambiental y dictará el Código Correspondiente previa consulta a los organismos y asociaciones especializados. Procurará que todos los emprendimientos susceptibles de afectar el ambiente, en especial los que se realicen en aguas del Río Negro y sus afluentes, prevean la conservación de los recursos naturales, coordinando con otros municipios, la Provincia y la Nación, la normativa que compatibilice criterios y experiencias". Se completa con lo señalado en el artículo 25 por cuanto prohíbe la radicación o transito de todas aquellas materias que puedan alterar en forma irreversible el medio ambiente.

Ahora bien, el problema ambiental, como sabemos, atañe a más de una jurisdicción política, en la variable composición de Estado nacional, provincial y municipal. De allí que la introducción en la Carta Orgánica deba tratarse con mucha sabiduría e ingenio a fin de que un tema como este no quede rezagado por disputas en relación a las competencias.

No desconocemos que tenemos una historia y tradición vinculada al declaracionismo de origen latino y francés, que ha tenido una gran influencia sobre nuestras constituciones y cartas orgánicas, y dio origen a normas más expresivas que ejecutivas, declarando derechos y formulando principios que no representan la realidad. Pero en el tiempo actual, referido específicamente a esta temática, es necesario introducir normas de carácter ejecutivo.

Las administraciones locales en los últimos años han trabajado, costosamente, esta temática, impulsados por movimientos vecinales que lograron en muchos casos reformas en constituciones provinciales, cartas locales y diferentes normas. Así aprendimos que el éxito de las políticas ambientales locales se sustenta en la implicación de los ciudadanos.

Por ello es que creemos firmemente en la apertura a debate de la cuestión ambiental para buscar alternativas ejecutivas a la norma a incluir en la Carta Municipal, siguiendo el pensamiento que rige en la Constitución Nacional, incluyendo al ciudadano con acciones concretas que faciliten la participación y responsabilidad ciudadana en los procesos de toma decisiones.

(*) Miembro de la Unión Iberoamericana de Municipalistas