Bufete de Informaciones Especiales y Noticias
PROVINCIA DE RÍO NEGRO, ARGENTINA

El derecho a la ciudad en la Carta Orgánica

Por Matías Rulli (*) Correo

Rebanadas de Realidad - Viedma, 06/09/09.- La Carta Orgánica de Viedma en el artículo 18 señala: "Vivienda. El Municipio procura la obtención de una vivienda digna para todos los habitantes, promoviendo el máximo despliegue de su propio esfuerzo y de la solidaridad comunitaria, respetando los usos, costumbres y tecnologías locales y coordinando las acciones respectivas con organismos nacionales y provinciales".

Actualmente esa definición, derecho a la vivienda digna, ha quedado subsumida dentro de otra más amplia como es el derecho a la ciudad. Jordi Borja destaca: "La tipología de derechos simples heredados por la tradición democrática, tanto liberal como socialista, del siglo XVIII, es insuficiente para dar respuesta a las demandas de nuestra época" y resalta que hoy nos encontramos ante "un sistema de derechos y deberes complejos".

Indica que del derecho a la vivienda hemos avanzado hacia el derecho a la ciudad, pues ya no es suficiente con promover viviendas sociales, ya que puede ser una forma de fabricar áreas de marginalidad, sino que hay que hacerlas integradas en el tejido urbano, accesibles, visibles y comunicadas. El derecho a la ciudad incluye el derecho a un trabajo digno, el acceso a bienes básicos como el agua, la electricidad, la salud y la educación, para ejercer el pleno disfrute de la ciudadanía. Obviamente el derecho a la ciudad supone el civismo y la tolerancia en el espacio público.

El derecho a la ciudad, como vemos, es más amplio que proporcionar infraestructuras o edificar viviendas, tiene que ver con una ciudad que integra sociedades cada vez más heterogéneas.

Asistimos a un tiempo de cambios, en el cual debemos pensar la ciudad desde lo colectivo y donde el municipio debe recuperar el protagonismo y liderazgo en la construcción. Pensar una planificación urbana desde la premisa que no es el proyecto o modelo quien integra sino que es la ciudad. Promoviendo viviendas proyectadas para vivir y convivir, con espacio público de calidad y buscando que la ciudadanía lo identifique como principio de lo colectivo.

Recoger el derecho a la ciudad en la Carta Orgánica Municipal implica mayores competencias para el municipio y le otorga mayor entidad a un tema complejo y actual.

(*) Miembro de la Unión Iberoamericana de Municipalistas