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PROVINCIA DE RÍO NEGRO, ARGENTINA

El papel de la mujer en la Carta Orgánica Municipal

Por Matías Rulli (*) Correo

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Rebanadas de Realidad - Viedma, 13/09/09.- Con la vuelta de la democracia comenzó en nuestro país un proceso de reconocimiento e institucionalización de la perspectiva de género como una deuda de la sociedad, dándole así valor en la historia de nuestro país. La presidenta Cristina Fernández, primera mandataria elegida por el voto popular para ese cargo, afirmó al inaugurar el Salón Mujeres Argentinas del Bicentenario: "Este espacio debe reflejar un poco nuestra propia historia como país, ya que la mujer ha sido protagonista en todas partes desde el nacimiento de la Patria, con Juana Azurduy en las batallas por la Independencia, o con Lola Mora y Tita Merello, todas ellas comprometidas con su tiempo".

Consideramos que a nivel municipal es necesario incorporar definitivamente la perspectiva de género en la agenda política, para ello es preciso apuntalar la institucionalización de las políticas de igualdad de género y de aquellas instancias encomendadas a implementarlas, sin que sea logro de un gobierno de turno. En nuestra ciudad existe el Consejo Municipal de la Mujer, creado mediante la Ordenanza 2.908 por iniciativa de la ex concejal Nilda Nervi en 1993.

La licenciada Adela Britos sostiene: "Institucionalizar consiste en incorporar en una norma todos los aspectos que deben tenerse en cuenta cuando se realizan acciones destinadas a superar situaciones tanto internas como externas, en el ámbito o jurisdicción de una institución. Plasmar en una norma significa que lo que se prescribe tiene carácter de obligatorio, debe ser cumplido, observado tanto por los que la dictan, como por los que la aplican, la ejecutan y evalúan las acciones desarrolladas".

Las Cartas Municipales más avanzadas, y de reciente sanción, han postulado en su articulado normativas referidas a la igualdad de género (Tinogasta - 2005; Río Grande -2006; Villa Carlos Paz -2007; Río Tercero - 2007; entre otras). Es interesante, a modo de ejemplo, lo que postula la Carta de Ushuaia (2002) en su artículo 30: "El Municipio, mediante acciones positivas, garantiza en el ámbito público y promueve en el privado la igualdad real de oportunidades y de trato entre hombres y mujeres, en el acceso y goce de todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Estimula la modificación de los patrones socioculturales con el objeto de eliminar las prácticas y prejuicios basados en la idea de superioridad o inferioridad de cualquiera de los géneros por sobre el otro. Fomenta la plena integración de ambos géneros a la actividad productiva, las acciones positivas que garanticen la paridad en el trabajo remunerado, la eliminación de la segregación y toda forma de discriminación por estado civil o de familia".

La igualdad de género procura mejorar las oportunidades de hombres y mujeres para acceder y disfrutar de los beneficios de las distintas políticas públicas que se desarrollan, asimismo pretende igualar el acceso a cargos públicos. De allí que sea necesario impulsar su institucionalización a nivel local y plasmarlo en la Carta Orgánica Municipal. El papel de la mujer es fundamental en este proceso para la canalización de ideas y aspiraciones.

(*) Miembro de la Unión Iberoamericana de Municipalistas